RECONOCIMIENTO

FUNDACIÓN INTERNACIONAL WELOVEU

Por su responsabilidad social y aporte en el incremento de la cultura de la donación voluntaria y habitual de sangre, en la campaña “ama, dona, vive” realizada en febrero 2026.

Dr. Luis Quiroz Avilés
Ministro de Salud

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RECONOCIMIENTO FUNDACIÓN INTERNACIONAL WELOVEU Por su responsabilidad social y aporte en el incremento de la cultura de la donación voluntaria y habitual de sangre, en la campaña “ama, dona, vive” realizada en febrero 2026. Dr. Luis Quiroz AvilésMinistro de Salud

Lima, 16 de Diciembre del 2025

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000443-2025-MIMP

VISTOS, los Informes N°D000269-2025-CONADIS-SDRID-BERP y N° D000016-2025-CONADIS-SDSPGE-MALO de la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad y la Subdirección de Seguimiento de Políticas y Generación de Evidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad; el Memorándum N° D001516-2025-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; la Nota N° D000337-2025-MIMP-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con los artículos 2 y 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1098, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) es el organismo de Poder Ejecutivo rector en las políticas nacionales y sectoriales sobre mujer, así como, promoción y protección de las poblaciones vulnerables, que tiene como finalidad diseñar, establecer, promover, ejecutar y supervisar políticas públicas a favor de las mujeres y de las poblaciones vulnerables consideradas como grupos de personas que sufren discriminación o situaciones de desprotección con el objeto de garantizar sus derechos, con visión intersectorial;

Que, conforme con lo establecido en el literal d) del artículo 6 de la ley antes citada, el MIMP tiene competencias exclusivas y excluyentes, en el territorio nacional, entre otros, respecto de la representación del sector mujer y poblaciones vulnerables ante organismos públicos y privados,

Que, la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), es un Órgano Público Ejecutor, adscrito al MIMP, especializado en cuestiones relativas a la discapacidad, entre sus funciones se encuentra formular, planificar, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de discapacidad;

Que, la Ley antes mencionada reconoce que la persona con discapacidad tiene derecho a acceder en igualdad de condiciones que las demás, al entorno físico, los medios de transporte, los servicios, de la manera más autónoma y segura posible;

Que, al Política Nacional Multisectorial en Discapacidad al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2021 MIMP, establece como uno de los lineamientos del Objetivo Prioritario 03, a la “Gestión del acceso a tecnologías de apoyo, dispositivos y ayudas compensatorias que promuevan la vida independiente para personas con discapacidad”; a su vez, a través del Servicio S13 “Otorgamiento de productos de apoyo prioritario para las personas con discapacidad» define al proceso integral que incluye la identificación de necesidades, la evaluación médica especializada y la entrega de productos de apoyo en concordancia con la condición socioeconómica, geográfica y cultural de cada persona;

Que, con Resolución de Presidencia N° D000240-2024-CONADIS-PRE, se aprueba la «Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el Periodo 2024 – 2030», cuyo objetivo es orientar la intervención gubernamental para promover el acceso y uso de la tecnología de apoyo a las personas con discapacidad en el Perú;

Que, mediante Informe N D000016-2025-CONADIS-SDSPGE-MALO, la Subdirección de Seguimiento de Políticas y Generación de Evidencia de CONADIS, precisa que la provisión de tecnologías de apoyo constituye un eje central para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, al reducir barreras funcionales y favorecer su participación plena en la vida social, educativa, laboral y comunitaria, lo cual es reforzado por la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 y por la Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el periodo 2024-2030, instrumentos que reflejan un compromiso del Estado peruano con el cierre de brechas históricas y con la construcción de un sistema articulado y sostenible que garantice que las personas con discapacidad cuenten con los apoyos necesarios para ejercer sus derechos en condiciones de dignidad y vida independiente;

Que, a través del Informe N° 0000269-2025-CONADIS-SDRID-BERP, La Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad de CONADIS, informa que como resultado de su articulación con el MIMP la Fundación Internacional WeloveU, donó 400 sillas de ruedas de tamaño estándar para adultos; por lo que propone realizar un reconocimiento institucional a dicha Fundación toda vez que la acción descrita de ayuda biomecánica brindada constituye una labor de apoyo que favorece a las personas con discapacidad;

Que, dicha contribución se alinea con los objetivos sectoriales del MIMP y complementa los esfuerzos del Estado para garantizar el derecho a la accesibilidad, fomentando así, la igualdad de oportunidades;

Que, en consecuencia, resulta necesario reconocer públicamente la valiosa labor realizada por la mencionada Fundación en beneficio de la población vulnerable del país;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables; de la Secretaría General, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1098, Ley de Organización y Funciones del MIMP; la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad; la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad al 2030, aprobada por Decreto Supremo N° 007-2021-MIMP; la “Hoja de Ruta en Tecnología de Apoyo para el Periodo 2024-2030″, aprobada por Resolución de Presidencia N° D000240-2024-CONADIS-PRE; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, aprobado por Resolución Ministerial N° 00380-2025-MIMP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar el reconocimiento público a la Fundación Internacional WeloveU, en mérito a la entrega solidaria de 400 sillas de ruedas destinadas a personas con discapacidad y otros grupos en situación de vulnerabilidad, contribuyendo de manera significativa al ejercicio del derecho a la accesibilidad.

Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables(www.gob.pe/mimp).

Regístrese y comuníquese.

Documento firmado digitalmente

SANDRA LIZ GUTIERREZ CUBA
MINISTRA
MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES

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Lima, 16 de Diciembre del 2025 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000443-2025-MIMP VISTOS, los Informes N°D000269-2025-CONADIS-SDRID-BERP y N° D000016-2025-CONADIS-SDSPGE-MALO de la Dirección de Promoción, Registro e Intervenciones para las Personas con Discapacidad y la Subdirección de Seguimiento de Políticas y Generación de Evidencia del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad; el Memorándum N°…

RECONOCIMIENTO

El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Dicapacidad – CONADIS otorga el presentee reconocimiento a:

WeLoveU
NGO Associated With the UN DGC

Por su destacado compromiso con la inclusión social plena y efectiva de las personas con discapacidad, ediante la entrega solidaria de 400 sillas de ruedas a la población vulnerable con discapacidad de 21 distritos de Lima. Esta a cción, refleja su vocación de servicio, empatía y compromiso.

Lima, 30 de octubre de 2025

Sandra Gutiérrez Cuba
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

Sandra Piro Marco
Presudebta del CONADIS

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RECONOCIMIENTO El Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y El Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Dicapacidad – CONADIS otorga el presentee reconocimiento a: WeLoveUNGO Associated With the UN DGC Por su destacado compromiso con la inclusión social plena y efectiva de las personas con discapacidad, ediante la entrega solidaria de…

No. 155-2025 / MINSA
REUBLICA DEL PERU
Resolución Ministerial

Lima, 6 de MARZO del 2025

VISTO, el Expediente N° 2025-0055363 que contiene el Informe N° 000003-2025/DIGDOT-MINSA de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, el Proveído N° D002520-2025-DVMSP-NZT-MINSA del Despacho Viceministerial de Salud Pública, y el Informe N° D000237-2025-OGAJ-MINSA de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

CONSIDERANDO:
Que, el numeral VI del Título Preliminar de la Ley N° 26842, Ley General de Salud, señala que la provisión de servicios de salud es de interés público, cualquiera sea la persona o institución que los provea, siendo responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos socialmente aceptables de seguridad, oportunidad y calidad;

Que, el artículo 123 de la precitada Ley, modificado para el artículo 2 de la Ley N° 30895, Ley que Fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es la Autoridad de Salud a nivel nacional, tiene a su cargo la función rectora a nivel nacional, la formulación, dirección y gestión de la política nacional de salud, y es la máxima autoridad rectora en el sector. Su finalidad es la promoción de la salud, la prevención de enfermedades, la recuperación de la salud y la rehabilitación de la salud de la poblacion;

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, dispone que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo Rector, las entidades adscritas a él y aquellas instituciones públicas y privadas de nivel nacional, regional y local, y personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias establecidas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva;

Que, el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2020-SA, establece que es función ineludible del Estado, ejercida exclusivamente a través del MINSA, la de hacerse responsable de la promoción, protección y respeto de la salud, la vida y el bienestar de la población, así como de conducir el Sector Salud. La Rectoría en salud implica proteger la salud como derecho humano y bien público:

Que, la Ley N° 26454, Ley que declara de orden público e interés nacional la obtención, donación, conservación, transfusión y suministro de sangre humana, en su artículo 1, declara de orden público e interés nacional la obtención, donación, conservación, procesamiento, transfusión y suministro de sangre humana, sus componentes y derivados; y su artículo 9, establece que la donación de sangre humana es un acto voluntario y gratuito, realizado con fines terapéuticos o de investigación cientifica:

Que, en concordancia con la precitada Ley N° 26454, el artículo 22 de su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo N° 03-95-SA, establece que la donación de sangre o sus componentes es un acto voluntario, solidario y altruista, por el cual una persona da a título gratuito, para fines terapéuticos, de diagnóstico o de investigación, una porción de su sangre en forma libre y consciente; y, en su artículo 33, precisa que el PRONAHEBAS coordina intersectorialmente, permanentes campañas de divulgación sanitaria dirigidas a la población, haciendo uso de los medios de comunicación masiva a fin de despertar el interés por la donación de sangre humana y a la vez incentivándola mediante diversas formas de reconocimiento;

Que, de acuerdo al marco legal antes descrito, y en el ámbito de sus competencias, la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, a través del Informe N° 000003-2025/DIGDOT-MINSA, propone otorgar un reconocimiento público a la Fundación Internacional WeLoveU, en atención a que de manera solidaria, durante aproximadamente veinte (20) años consecutivos, viene realizando diferentes campañas de donación de sangre en el Perú, habiéndose conseguido la participación de más de 7500 donantes voluntarios, todo lo cual redunda en beneficio de la salud y la vida de la población peruana, y demuestra además el arduo trabajo que viene realizando en la promoción de la donación voluntaria y gratuita de sangre en nuestro país;.

Que, en virtud de ello, el Ministerio de Salud estima necesario reconocer públicamente la loable labor que viene realizando la Fundación Internacional WeLoveU en beneficio de la salud y la vida de la población peruana;

Estando a lo propuesto por la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre;

Con el visado de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, de la Oficina Genera de Asesorla Jurídica, de la Secretaría General y del Despacho Viceministerial de Salud Pública;

De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud modificado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la Función Rectora del Ministerio de Salud, y por el Decreto Legislativo N° 1504, que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017, modificado por los Decretos Supremos N° 011-2017-SA y N° 032-2017-SA;

SE RESUELVE:
Articulo 1.- Otorgar el reconocimiento público del Ministerio de Salud a la Fundación Internacional WeLoveU, en mérito a su valiosa contribución a la promoción de la donación voluntaria y gratuita de sangre en el Perú, por las campañas de donación de sangre realizadas en beneficio de la salud y vida de la población peruana.

Articulo 2.- Notificar la presente Resolución Ministerial a la Fundación Internacional WeLoveU.

Articulo 3.- Encargar a la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaria General la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa).

Registrese y comuniquese.

CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ
Ministro de Salud

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No. 155-2025 / MINSAREUBLICA DEL PERUResolución Ministerial Lima, 6 de MARZO del 2025 VISTO, el Expediente N° 2025-0055363 que contiene el Informe N° 000003-2025/DIGDOT-MINSA de la Dirección General de Donaciones, Trasplantes y Banco de Sangre, el Proveído N° D002520-2025-DVMSP-NZT-MINSA del Despacho Viceministerial de Salud Pública, y el Informe N° D000237-2025-OGAJ-MINSA de la Oficina General de…

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MINISTERIO DE SALUD
GOBIERNO REGIONAL – UANUCO

DIRECCION REGIONAL DE SALUD
HOSPITAL REGIONAL
«HERMILIO VALDIZAN MEDRANO»

N° 460-2019-HRHVM-DE-DA-UP

REPUBLICA DEL PERU

Resolución Directoral

Huánuco, 03 de Setiembre de 2019

Visto el Informe N° 412-2019-GRH-DRS-HRHVM-HCO-UP-ARHS, de fecha 22 de Agosto de 2019;

CONSIDERANDO:
Que, el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-90-PCM, que establece la felicitación escrita como un reconocimiento por haber desarrollado acciones excepcionales relacionadas con las jornadas;

El Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco, es una Institución Pública, que conduce la prestación de la atención de los servicios de Salud, para satisfacer las necesidades de salud y contribuir al desarrollo humano de la población de Huánuco, priorizando a los sectores más vulnerables, de tal manera que es de importancia que el Departamento de Patología Clínica y Anatomía Patológica este dotado de unidades de sangre de los diferentes grupos sanguíneos.

Por lo que la Fundación Internacional WeLoveU – Sede Huánuco, coordinando con el Departamento de Patología Clínica y Anatomía Patológica del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano de Huánuco, programaron la Campaña denominada «DONACION VOLUNTARIA DE SANGRE«, con la finalidad de contribuir a que la población Huanuqueña tenga acceso a sangre humana y sus hemocomponentes, de los donantes voluntarios de sangre, campaña programada el día 24 de Julio de 2019, habiendo concluido de manera satisfactoria, por lo que corresponde hacer extensivo una felicitación por las prácticas de altruismo y sin fines de lucro de la Fundación Internacional WeLoveU representada por la presidenta ZAHNG GIL-JAH, organizadora de la citada campaña, debiendo ser reconocido mediante acto resolutivo;

Por lo expuesto en los considerandos precedentes y de conformidad con la Ley N° 27444 del Procedimiento Administrativo General y su modificatoria Decreto Legislativo N° 1272, Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, Ley N° 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y su modificatoria Ley N° 27902 y en uso de las facultades conferidas al Hospital Regional «Hermilio Valdizán Medrano» de Huánuco, mediante Ordenanza Regional N° 016-2015-CR-GRH, documento que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), por el cual delegan funciones administrativas;

Estando a lo dispuesto por la Dirección Ejecutiva del Hospital Regional Hermilio Valdizán Huánuco, con opinión favorable de la Dirección Administrativa, Jefatura de la Unidad de Personal y visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1. FELICITAR Y RECONOCER a Doña ZAHNG GIL-JAH, Presidenta de la Fundación Internacional WeLoveU – Sede Huánuco, por su participación y Organización de la Campaña «DONACION VOLUNTARIA DE SANGRE«, llevado a cabo en el Hospital Regional Hermilio Valdizan Medrano de Huánuco, el día 24 de Julio de 2019, siendo los siguientes profesionales:

Artículo 2. Transcribir la presente Resolución al Gobierno Regional Huánuco, Dirección Regional de Salud, Interesados y demás Unidades Orgánicas de esta Dependencia para su conocimiento y fines

REGÍSTRESE Y COMUNÍQUESE;

Director Ejecutivo del Hospital Regional Hermilio Valdizán Medrano
Hermilio Valdizán Medrano

Med. LUIS G. VASQUEZ REYES
DIRECTOR EIECUTIVO

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MINISTERIO DE SALUDGOBIERNO REGIONAL – UANUCODIRECCION REGIONAL DE SALUDHOSPITAL REGIONAL«HERMILIO VALDIZAN MEDRANO» N° 460-2019-HRHVM-DE-DA-UP REPUBLICA DEL PERU Resolución Directoral Huánuco, 03 de Setiembre de 2019 Visto el Informe N° 412-2019-GRH-DRS-HRHVM-HCO-UP-ARHS, de fecha 22 de Agosto de 2019; CONSIDERANDO:Que, el artículo 147° del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones…

Municipalidad de Socabaya

Socabaya Sostenible

RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 153-2019-MDS
Socabaya, 27 de junio de 2019
VISTOS:
El Informe N° 064-2019-MDS-A-GM-GGAYSP de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 27972, establece que los gobiernos Locales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.
Que, el Artículo 43° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades prescribe que las Resoluciones de Alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo; del mismo modo, se tiene que los actos de reconocimiento y felicitación, constituyen actos de valoración y discrecionales de la máxima autoridad, es así que el reconocimiento y felicitación constituyen la acción de distinguir y resaltar determinadas acciones.
Que el Art. 82 la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades establece que las municipalidades, en materia de educación, cultura, deportes y recreación, tienen como competencias y funciones específicas compartidas con el gobierno nacional y el regional las siguientes: 16) Impulsar una cultura cívica de respeto a los bienes comunales, de mantenimiento y limpieza y de conservación y mejora del ornato local.
Que mediante Informe N° 064-2019-MDS-A-GM-GGAYSP la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos manifiesta que el día 26 de junio del 2019 se ha realizado una campaña de limpieza por distintas calles del Sector de Bellapampa, con la participación del personal obrero de la municipalidad, con el apoyo desinteresado de la Fundación Internacional WeLoveU donde participaron 100 voluntarios que se sumaron al personal de la comuna para retirar la tierra de las vías y reducir el polvo que produce por las obras que viene realizando la Empresa SEDAPAR, dicha jornada se realizó en las calles Junín, Francisco Bolognesi, Chimú, Leoncio Prado, Sucre, América, entre otras; y siendo que el distrito se ha favorecido con el apoyo de la mencionada fundación y también lo tendremos a lo posterior con la limpieza en las diferentes zonas, asociación de viviendas, pueblos jóvenes, asentamientos humanos del distrito de Socabaya se sugiere la emisión de una resolución de Alcaldía de reconocimiento por esta causa en beneficio de los pobladores y/o habitantes de la comunidad de Bellapampa.
Que, es política de la Municipalidad Distrital de Socabaya, reconocer y valorar la labor de desempeño de las instituciones que aportan sus servicios de manera desinteresada y meritoria a favor de la comunidad, por lo que se tiene presente que la Fundación Internacional WeLoveU ha realizado un destacado servicio en el Sector de Bellapampa, el cual debe ser reconocido a fin de ser tomado como ejemplo a seguir por las demás instituciones que ejercen funciones en el distrito de Socabaya.
Que el artículo 20° numeral 6 de la Ley Orgánica referida, la cual prescribe que es atribución del Alcalde dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas.
Estando a las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú, la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y a la parte considerativa de la presente.
SE RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: RECONOCER Y FELICITAR a la FUNDACIÓN INTERNACIONAL WeLoveU por su meritorio y desinteresado apoyo en la Campaña de Limpieza llevada a cabo el día 26 de junio del 2019 en el Sector de Bellapampa, consistente en el retiro de tierra de las vías y reducción del polvo que se produce por las obras que viene realizando SEDAPAR, en las calles Junín, Bolognesi, Chimú, Leoncio Prado, Sucre, América, entre otras.
ARTICULO SEGUNDO: ENCOMENDAR a la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos el estricto cumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía.
ARTICULO TERCERO: DISPONER se ponga en conocimiento de Gerencia Municipal y Gerencia de Gestión ambiental y servicios públicos el contenido de la presente Resolución de Alcaldía y a la Unidad de Informática la publicación de la misma en el Portal Institucional.
ARTICULO CUARTO: DISPONER la notificación de la presente Resolución de Alcaldía al representante de la Fundación Internacional WeLoveU para los fines pertinentes.
REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Abog. Yadira Velazco Agramonte de Moscoso
SECRETARIA GENERAL

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA
Mg. Wuilber Mendoza Aparicio
ALCALDE

Sembrando Valores…
Construimos Ciudadanía

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Municipalidad de Socabaya Socabaya Sostenible RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 153-2019-MDSSocabaya, 27 de junio de 2019VISTOS:El Informe N° 064-2019-MDS-A-GM-GGAYSP de la Gerencia de Gestión Ambiental y Servicios Públicos y;CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nro. 27972, establece…

[vc_row row_height_percent=»0″ override_padding=»yes» h_padding=»2″ top_padding=»2″ bottom_padding=»0″ overlay_alpha=»50″ gutter_size=»0″ shift_y=»0″ el_class=»award-content-p» css=».vc_custom_1498029563709{border-top-width: 0px !important;padding-top: 0px !important;}»][vc_column column_width_use_pixel=»yes» gutter_size=»3″ override_padding=»yes» column_padding=»0″ overlay_alpha=»50″ shift_x=»0″ shift_y=»0″ z_index=»0″ medium_width=»0″ mobile_width=»0″ column_width_pixel=»672″][vc_single_image media=»138723″ media_width_percent=»100″ alignment=»center» advanced=»yes» media_overlay_opacity=»50″ media_overlay_anim=»no» media_text_anim=»no» media_image_anim=»no» media_padding=»2″ el_class=»award_content-img»][vc_column_text el_class=»subtit-ex»]

MUNICIPALIDAD DE SOCABAYA

El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Socabaya, otorga el siguiente: RECONOCIMIENTO a: Fundación Internacional WeLoveU

Por su destacado servicio y desempeño voluntario al realizar la limpieza ambiental de las calles y vías de la Comunidad Campesina Pampas Viejas de Socabaya. (Bellapampa).

Socabaya, 26 de junio de 2019

Ing. Wuilber Mendoza Aparicio ALCALDE

Socábaya Sostenible

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO
Incontrastable y moderna

RECONOCIMIENTO AL
SERVICIO VOLUNTARIO

Reconocimiento
Otorgado a:
LA FUNDACIÓN INTERNACIONAL WeLoveU
SEDE HUANCAYO

Por su destacado servicio y desempeño voluntario al realizar la limpieza ambiental, en las calles de la Provincia de Huancayo, impartido el domingo 29 de octubre, bajo el lema “CLEAN WORLD 2017”.

Mostrando ejemplo, esfuerzo y dedicación durante el desarrollo del evento.

Huancayo, 04 de noviembre del 2017

DR. ALCIDES CHAMORRO BALVÍN
ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYOIncontrastable y moderna RECONOCIMIENTO ALSERVICIO VOLUNTARIO ReconocimientoOtorgado a:LA FUNDACIÓN INTERNACIONAL WeLoveUSEDE HUANCAYO Por su destacado servicio y desempeño voluntario al realizar la limpieza ambiental, en las calles de la Provincia de Huancayo, impartido el domingo 29 de octubre, bajo el lema “CLEAN WORLD 2017”. Mostrando ejemplo, esfuerzo y dedicación durante el desarrollo…

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO
Incontrastable y moderna

LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO – GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES
TIENE EL HONOR DE CONCEDER EL PRESENTE

Premio al Servicio Voluntario
a:
LA FUNDACIÓN INTERNACIONAL WeLoveU
SEDE HUANCAYO

Por su excepcional participación y contribución en el servicio voluntario en la limpieza ambiental denominado “CLEAN WORLD 2017”, realizado en las calles del sector de San Carlos de la Provincia de Huancayo, mostrando su apoyo incondicional y desinteresado en la obra de bien para la ciudadanía huancaína..

Concedido en Huancayo, el 04 de noviembre del 2017.

ING. MIGUEL CHIMAICO CÓRDOVA
GERENTE DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALES

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MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYOIncontrastable y moderna LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUANCAYO – GERENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS LOCALESTIENE EL HONOR DE CONCEDER EL PRESENTE Premio al Servicio Voluntarioa:LA FUNDACIÓN INTERNACIONAL WeLoveUSEDE HUANCAYO Por su excepcional participación y contribución en el servicio voluntario en la limpieza ambiental denominado “CLEAN WORLD 2017”, realizado en las calles del sector…

Municipalidad distrital de Independencia
Huaraz – Ancash
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 284–2017–MDI
Independencia, 20 de Junio de 2017.

VISTO, el Informe Nº 076-2017-MDI-GSPuGA/G/VEAR; Reconocimiento Institucional a la Fundacíón Internacíonal “WeLoveU”, planteado por el Gerente de Servicios públicos y Gestión Ambiental, y:

CONSIDERANDO:
Que el Articulo 194º de la Constitución Politica del Perú concordante con el Artículo II del Titulo Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala
que los gobiernos locales son órganos de gobierno que poseen autonomía
politica, económica y administrative en los asuntos de su competencia. La
autonomía que la Carta Magna establece para los gobiernos locales radica en
la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración,
con sujeción al ordenamiento jurídico:

Que, con Informe Nº 076-2017-MDI-GSPuGA/G/VEAR, de fecha 13. JUN. 2017, el Gerente de Servicios Públicos y Gestión Ambiental solicita el Reconocimiento
Institucional a la Fundación Internacional “WeLoveU”, debidamente representada por su Presidenta Sra. Zahng Gil Jah, por haber efectuado la
Campaña de Pintado de Rotonda y Limpieza del Boulevard ‘Pastorita Huaracina:, como parte del Movimiento Mundial Clean World 2017. Campaña Ambiental de proyección social a la comunidad realizado el 22 de Mayo del año en curso:

Que, esta muestra de sensibilidad social y espiritu solidario, es apreciada con
Especial complacencia por la Comuna Celeste, por lo que como muestra de
Gratitude permanente, conviene en efectuar el reconocimiento institucional,
Conforme lo solicita la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental:

Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por los Artículos
20º Inciso 6) y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con las
visas de Secretaría General, Asesoría Legal, de Servicios Públicos y Gestión
Ambiental, y la Gerencia Muricipal;

SE RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- EFECTUAR el Reconocimiento Institucional de la
Municipalidad Distrital de Independencial – Provincial de Huaraz, a la
FUNDACIÓN INTERNACIONAL “WeLoveU”, debidamente representada por su
Presidenta Sra. Zahng Gil Jah, por su participación en la CAMPAÑA DE
PINTADO DE ROTONDA Y LIMPIEZA DEL BOULEVARD “PASTORITA HUARACINA”, en el marco del Movimiento Mundial Clean World 2017, realizado el 22 de Mayo de 2017; expresándole las muestras de permanente gratitud por su conducta solidaria y participativa.

ARTÍCULO 2º.- EXPRESARLE nuestra gratitud a la Sra. Zahng Gil Jah, Presidenta de la Fundaciónl “WeLoveU”.

ARTÍCULO 3º.- FELICITAR a la Fundación Internacional “WeLoveU” en mérito a su destacada labor social y apoyo económico a la Campaña de Pintado de Rotonda y Limpieza del Boulevard “Pastorita Huaracina”.

ARTÍCULO 4º.- EXPRESARLE a la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, la diffusion de la presente Resolución de Reconocimiento y su Entrega official a la Fundación Internacional “WeLoveU”.

Regístrese, Comuníquese y Archívese.

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA
Ing. Eloy Félix Alzamora Morales
ALCALDE

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Municipalidad distrital de IndependenciaHuaraz – AncashRESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 284–2017–MDIIndependencia, 20 de Junio de 2017. VISTO, el Informe Nº 076-2017-MDI-GSPuGA/G/VEAR; Reconocimiento Institucional a la Fundacíón Internacíonal “WeLoveU”, planteado por el Gerente de Servicios públicos y Gestión Ambiental, y: CONSIDERANDO:Que el Articulo 194º de la Constitución Politica del Perú concordante con el Artículo II del Titulo…

Orden al Mérito de la Mujer

El Ministerio de la
Mujer y Poblaciones Vulnerables

Otorga la presente Condecoración
a
Zahng Gil-jah

En mérito a la actividad destacada
en el desempeño de su labor social.

Lima, Marzo 2013

Ana Jara Velásquez
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables

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Orden al Mérito de la Mujer El Ministerio de laMujer y Poblaciones Vulnerables Otorga la presente CondecoraciónaZahng Gil-jah En mérito a la actividad destacadaen el desempeño de su labor social. Lima, Marzo 2013 Ana Jara VelásquezMinistra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables